La Contribución a la Seguridad Social es una obligación fiscal independiente del impuesto sobre ingresos o utilidades. Su pago garantiza el acceso a prestaciones como jubilación, incapacidad temporal y ayuda por maternidad. Para los TCP y empleadores de MiPyMES, su cumplimiento es obligatorio y tiene consecuencias directas en el historial previsional del trabajador.
Quiénes Están Obligados a Contribuir
- TCP: Aportan como trabajadores por cuenta propia sobre una base de aporte definida por la ONAT.
- MiPyMES con empleados: Deben aportar tanto la cuota del empleado como la del empleador sobre el salario acordado en el contrato.
- Socios activos de MiPyMES: Los socios que trabajen en la empresa deben cotizar a la Seguridad Social.
Base de Cálculo y Tasas Orientativas
| Tipo | Base de cálculo | Tasa orientativa |
|---|---|---|
| TCP | Salario mínimo o ingreso declarado | ~20% anual |
| Empleador (MiPyME) | Salario bruto del trabajador | ~14% del salario |
| Empleado (MiPyME) | Salario bruto | ~5% del salario |
Preguntas Frecuentes
¿Qué pasa si no pago la Contribución a la Seguridad Social?
Además de la mora con recargos, los períodos sin pago no se computan para efectos de jubilación. Esto significa que podría llegar a la edad de retiro sin los años de servicio necesarios para acceder a una pensión completa.
¿Cómo afecta esta contribución a los empleados de mi MiPyME?
Si usted como empleador no paga la cuota, el trabajador podría no tener acreditados esos meses en su historial previsional. Es una obligación que protege tanto al trabajador como al empleador ante futuras reclamaciones.
¿Puedo pagar la Seguridad Social de forma atrasada?
Sí, pero con recargos por mora. La ONAT puede acordar planes de pago, pero los intereses se acumulan. Es siempre más conveniente mantenerse al día.
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