Uruguay ofrece uno de los marcos jurídicos más estables y predecibles de América del Sur para la formación de empresas. La Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) y la Sociedad Anónima (S.A.) son las dos formas jurídicas más utilizadas por empresas en el país, cada una con características distintas en términos de estructura de governance, transparencia de socios, posibilidad de transferir participaciones y requisitos regulatorios. Elegir la forma jurídica correcta desde el inicio evita restructuraciones costosas en el futuro.
- SRL: ideal para estructuras con pocos socios identificados y sin planes de cotización. Más simple y económica de administrar.
- S.A.: permite mayor confidencialidad de accionistas (según regulaciones vigentes), más adecuada para estructuras regionales o con intención de captar inversores.
- Unipersonal (empresa unipersonal): la opción más simple para actividades individuales pequeñas; la persona física es el contribuyente directo.
Proceso de constitución en Uruguay: paso a paso
- Escritura pública de constitución ante Escribano Público uruguayo habilitado.
- Inscripción en el Registro Mercantil del Ministerio de Educación y Cultura (MEC) — asigna el número de matrícula.
- Obtención del RUT en la DGI — Registro Único Tributario de 12 dígitos.
- Inscripción ante el BPS como empresa empleadora (si va a tener empleados).
- Inscripción en el BSE para el seguro de accidentes laborales (obligatorio).
- Habilitaciones municipales si corresponde por la actividad o el local comercial (Intendencia).
Costos estimados de constitución en Uruguay (2024)
| Concepto | Costo estimado |
|---|---|
| Honorarios de Escribano | $10,000 – $30,000 UYU |
| Inscripción Registro Mercantil | $2,000 – $5,000 UYU |
| Búsqueda de denominación social | $500 – $1,500 UYU |
| Publicación en Diario Oficial | $2,000 – $3,500 UYU |
Preguntas frecuentes
¿Un extranjero puede ser socio o director de una empresa en Uruguay?
Sí, sin restricciones de nacionalidad. Uruguay no exige que los socios, directores o representantes de empresas sean ciudadanos o residentes uruguayos. Para los actos que requieren presencia física o firma ante organismos, quien no esté en Uruguay puede otorgar poder notarial apostillado a un representante local.
¿La SRL o S.A. tiene responsabilidad limitada para sus socios?
En principio sí: los socios responden hasta el monto de su aporte al capital. Sin embargo, en Uruguay existen excepciones importantes: el representante legal puede ser responsable solidario por deudas con la DGI y el BPS en ciertos supuestos, y el abuso del "corrimiento del velo societario" puede generar responsabilidad personal en casos de fraude o confusión patrimonial flagrante.
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