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Honorarios Segunda Categoría en Chile: Retención del 13.75%, Gasto Deducible y el Riesgo de la Relación Laboral Encubierta

Honorarios Segunda Categoría en Chile: Retención del 13.75%, Gasto Deducible y el Riesgo de la Relación Laboral Encubierta

Los trabajadores independientes — abogados, contadores, arquitectos, diseñadores, médicos, consultores — que emiten boletas de honorarios son los protagonistas de la Segunda Categoría tributaria en Chile. Para el empresario que los contrata, la gestión correcta de los honorarios tiene implicancias en la retención del impuesto, en la deducibilidad del gasto y en los registros contables. Un error en la retención de honorarios puede generar una obligación tributaria que el SII perseguirá años después.

La boleta de honorarios electrónica y la retención

Desde 2018 las boletas de honorarios son electrónicas y se emiten desde el portal del SII. En 2024, la retención de impuesto de segunda categoría es del 13.75% (va subiendo 0.75% anual hasta llegar al 17% en 2028). El proceso:

SituaciónQuién retieneTasa 2024
Empresa paga a persona naturalLa empresa (agente retenedor)13.75% sobre bruto
Persona natural paga a otra persona naturalNadie retiene — el trabajador paga al SIIPPM del 13.75% mensual
Empresa paga a persona jurídicaNo aplica retención honorarios — emite facturaIVA 19% en factura

El gasto de honorarios para la empresa contratadora

Los honorarios son un gasto deducible para la empresa si:

  • La boleta de honorarios electrónica está en el sistema del SII (no se necesita copia en papel).
  • El servicio prestado guarda relación con el giro.
  • El trabajador tiene inicio de actividades vigente en el SII.
  • La retención fue efectuada correctamente y pagada en el F29 del mes.

Los independientes y su pago provisional mensual (PPM)

El trabajador independiente que emite boletas a personas naturales (no a empresas que retengan) debe pagar por su cuenta el PPM del 13.75% mensal en el F29 individual. Si el independiente trabaja solo para empresas que retienen, su PPM ya queda cubierto con las retenciones.

Preguntas frecuentes

¿Debo incluir el IVA en los honorarios profesionales?

Depende del tipo de servicio. Los servicios profesionales clásicos (abogados, contadores, médicos) en Chile están exentos de IVA cuando los presta una persona natural con boleta de honorarios. Si el mismo servicio lo presta una SpA o una Ltda, se recarga IVA del 19% en la factura correspondiente.

¿Puedo contratar al mismo profesional todo el año con boletas de honorarios sin que se configure relación laboral?

Es un riesgo. Si el profesional trabaja exclusivamente para su empresa, con horario fijo, subordinación y dependencia económica total, la Dirección del Trabajo puede declarar la existencia de un contrato laboral de hecho — y usted deberá pagar retroactivamente todo lo que correspondía como empleador (prevención, mutualidad, vacaciones, etc.).

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