El Impuesto sobre la Renta (ISR) en Honduras grava la renta neta obtenida por las personas jurídicas durante el ejercicio fiscal (enero–diciembre) con una tasa del 25%. La administración y recaudación del ISR corresponde al SAR (Servicio de Administración de Rentas). Adicionalmente, las empresas con renta neta gravable superior a ciertos umbrales están sujetas al Aporte Solidario Temporal del 5% sobre la renta neta que excede L. 1,000,000 anuales — un gravamen adicional que eleva la carga efectiva de las empresas más rentables del país. El ISR hondureño exige pagos fraccionados trimestrales durante el año, reduciendo el impacto de la deuda fiscal de abril.
- Tasa ISR: 25% sobre la renta neta gravable anual.
- Aporte Solidario: 5% adicional sobre el excedente de L. 1,000,000 de renta neta (contribuyentes de mayor tamaño).
- Pagos fraccionados trimestrales: en abril, julio, octubre e enero — cada uno equivale al 25% del ISR del año anterior o del estimado del año corriente.
- Período fiscal: 1 enero – 31 diciembre. Declaración definitiva: hasta el 30 de abril.
- Moneda: lempiras (HNL); tipo de cambio BCH para transacciones en USD.
Gastos deducibles del ISR para empresas en Honduras
| Tipo de gasto | Condición |
|---|---|
| Sueldos y salarios (nómina declarada al SAR) | 100% si están en planilla y IHSS al día |
| Alquileres de inmueble para el negocio | 100% — con contrato y retención del 12.5% al propietario |
| Depreciación de activos fijos | Tasas reglamentarias: edificios 5%, maquinaria 20%, vehículos 33% |
| Intereses bancarios sobre préstamos del negocio | 100% — vinculados a la actividad generadora de renta |
| Honorarios y servicios profesionales | Con retención del 12.5% al proveedor persona natural |
| Pérdidas del ejercicio anterior | Arrastre de pérdidas hasta 3 años |
Preguntas frecuentes
¿El Aporte Solidario en Honduras tiene fecha de vencimiento o es permanente?
El Aporte Solidario en Honduras fue creado como medida temporal, pero ha sido renovado sucesivamente mediante reformas fiscales. A la fecha, se mantiene vigente sobre las empresas con renta neta gravable superior al umbral establecido. El empresario hondureño debe verificar en cada ejercicio si este aporte aplica a su empresa consultando la normativa vigente del SAR para ese período, ya que sus condiciones pueden variar por reforma legislativa.
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