En el ecosistema de Comprobantes Fiscales Electrónicos de Uruguay, las e-Notas de Crédito y las e-Notas de Débito son los instrumentos formalmente habilitados por la DGI para modificar el importe de una e-Factura ya emitida y validada. Dado que el sistema CFE uruguayo no permite "anular" documentos —una e-Factura aceptada por la DGI es permanente e irrevocable— estos documentos se convierten en la herramienta diaria para gestionar devoluciones, descuentos posteriores, correcciones de precio y cargos adicionales.
- e-Nota de Crédito: reduce el valor de la e-Factura original (devolución, descuento, error de precio a la baja).
- e-Nota de Débito: aumenta el valor de la e-Factura original (cargo adicional, corrección al alza).
- Referencia obligatoria: todo ajuste debe citar el número de serie y número de e-Factura original.
Situaciones que requieren e-Nota de Crédito vs. e-Nota de Débito
| Situación | Documento |
|---|---|
| Devolución total o parcial de mercancía | e-Nota de Crédito |
| Descuento comercial otorgado después de facturar | e-Nota de Crédito |
| Precio facturado mayor al acordado | e-Nota de Crédito por la diferencia |
| Cargos de flete no incluidos en la factura original | e-Nota de Débito |
| Intereses por pago fuera de plazo | e-Nota de Débito |
| Precio facturado menor al acordado | e-Nota de Débito por la diferencia |
Impacto en el IVA: en qué período declarar el ajuste
En Uruguay, cuando emite una e-Nota de Crédito, el ajuste del débito fiscal del IVA ocurre en el período de emisión de la nota de crédito, no en el período de la factura original. Esto es relevante cuando la factura original y la corrección caen en meses diferentes: no es necesario rectificar la declaración del mes original. El ajuste se aplica directamente en la declaración IVA del mes en que se emite la nota de crédito.
Preguntas frecuentes
¿El receptor de la e-Nota de Crédito tiene que aceptarla en el sistema DGI?
Sí. Al igual que la e-Factura, la e-Nota de Crédito requiere la confirmación del receptor (aceptación o rechazo) dentro del plazo establecido. Si el receptor rechaza la nota de crédito, los ajustes fiscales no se aplican para él, y el diferendo debe resolverse comercialmente entre las partes antes de que la nota de crédito tenga efecto fiscal para el receptor.
¿Puedo emitir la e-Nota de Crédito mucho tiempo después de la factura original?
La DGI no establece un plazo máximo explícito para emitir notas de crédito sobre facturas anteriores. Sin embargo, desde el punto de vista contable, aplicar una nota de crédito sobre un período fiscal ya cerrado tiene implicancias en los estados financieros comparativos. Lo recomendable es resolver los ajustes dentro del mismo período fiscal cuando sea posible.
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