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Cómo Anular o Corregir un e-CF Emitido con Errores en República Dominicana

Cómo Anular o Corregir un e-CF Emitido con Errores en República Dominicana

Emitir un e-CF con un error — ya sea en el monto, en el RNC del receptor o en el tipo de comprobante — es más común de lo que parece, especialmente en los primeros meses de adopción. Lo importante es saber exactamente cómo proceder para que la corrección quede bien registrada ante la DGII y no genere inconsistencias en sus reportes 606/607.

Regla fundamental: nunca elimine un e-CF

A diferencia de un NCF tradicional en papel que podría simplemente descartarse, un e-CF ya transmitido a la OFV de la DGII queda en el registro oficial. La única forma legal de revertirlo es mediante la emisión de una Nota de Crédito Electrónica (e-CF B04).

Proceso para anular un e-CF completo

  1. Inicie sesión en su sistema de facturación electrónica.
  2. Localice el e-CF que desea anular por su número de secuencia.
  3. Seleccione la opción "Crear Nota de Crédito" vinculada a ese documento.
  4. El sistema pre-llenará automáticamente todos los datos del e-CF original.
  5. Seleccione que la anulación es total si va a revertir el documento completo.
  6. Firme digitalmente y envíe a la OFV. El sistema retornará el acuse de recibo.
  7. Emita el e-CF correcto con los datos actualizados.

Proceso para corregir un e-CF parcialmente

Si solo necesita ajustar un monto (ej. se cobró de más) sin anular todo el documento:

  1. Emita un e-CF B04 (Nota de Crédito) por la diferencia.
  2. Referencie el número del e-CF original en el campo "Documento modificado".
  3. El cliente receptor verá la nota de crédito en su portal OFV y ajustará su crédito fiscal.

Tipos de correcciones y documentos correspondientes

SituaciónDocumento a emitirTipo
Anulación total del e-CFNota de Crédito por totalB04
Descuento posterior a la facturaNota de Crédito por diferenciaB04
Cobro adicional no incluidoNota de DébitoB03
Devolución de mercancíaNota de Crédito + retorno a inventarioB04

Preguntas frecuentes

¿El receptor debe hacer algo cuando emito una nota de crédito?

El receptor verá el ajuste automáticamente en su Oficina Virtual. Si ya declaró el crédito fiscal del e-CF original, debe corregir ese período o aplicar el crédito a una factura futura.

¿Hay un plazo para emitir la nota de crédito?

La Ley 32-23 no establece un plazo específico, pero la buena práctica es hacerlo dentro del mismo período fiscal para evitar inconsistencias entre el 606 y el 607 de ambas partes.

¿Una nota de crédito electrónica también necesita firma digital?

Sí. Todo e-CF, incluyendo las notas de crédito y débito, debe estar firmado digitalmente con el certificado habilitado por Indotel antes de enviarse a la OFV.

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