El cierre fiscal en Ecuador es el momento del año en que el contador y el empresario deben alinear sus números: la utilidad contable (lo que muestran los libros bajo NIIF) vs la base imponible tributaria (lo que el SRI acepta para calcular el Impuesto a la Renta). La conciliación tributaria es el formulario donde se ajustan las diferencias entre ambos — y un error en la conciliación puede generar un pago excesivo de impuestos o una determinación tributaria del SRI años después. El 30% de las diferencias que el SRI detecta en auditorías provienen de errores en la conciliación tributaria del Formulario 101/102.
El calendario del cierre fiscal en Ecuador
| Fecha | Obligación |
|---|---|
| 31 de diciembre | Cierre de libros contables del ejercicio |
| Enero-febrero | Preparación de estados financieros anuales |
| Marzo (según 9no dígito RUC) | Declaración anual de IR para personas naturales (F102) |
| Abril (según 9no dígito RUC) | Declaración anual de IR para sociedades (F101) |
| Abril (15 días post-declaración) | Pago del 15% de utilidades a trabajadores |
| Mayo | Presentación de estados financieros a SCVS |
Las partidas de conciliación más frecuentes
- (+) Gastos no deducibles: Gastos registrados en contabilidad que el SRI no acepta (falta de factura, gastos personales del socio, multas e intereses).
- (-) Ingresos exentos: Dividendos entre sociedades ecuatorianas, rendimientos de inversiones con exención.
- (+/-) Diferencia en depreciación: Si la vida útil contable difiere de los porcentajes del SRI.
- (-) Amortización de pérdidas de años anteriores: Hasta 5 años consecutivos de pérdidas pueden amortizarse contra utilidades futuras.
Preguntas frecuentes
¿Puedo arrastrar pérdidas tributarias en Ecuador?
Sí. Las pérdidas tributarias pueden compensarse contra las utilidades gravables de los 5 años siguientes. El arrastre de pérdidas debe registrarse correctamente en la conciliación tributaria de cada año en que se utiliza. Pasados los 5 años, la pérdida no utilizada se pierde definitivamente.
¿Qué pasa si presento la declaración anual fuera de plazo?
La multa por presentación tardía es del 3% mensual sobre el impuesto causado, hasta un máximo del 100%. Si no hay impuesto causado, la multa es de USD 30 a USD 1.500 según el tipo de contribuyente. Adicionalmente, genera intereses de mora sobre el saldo impago.
Estado de resultados y balance listos para el Formulario 101
Al 31 de diciembre, su utilidad contable está calculada. Su contador solo ajusta la conciliación tributaria.