El IVA en Colombia tiene tres tarifas principales (19%, 5% y 0%), más una lista de bienes y servicios excluidos y exentos que confunde hasta a los contadores más experimentados. Cobrar IVA equivocado — ya sea de más o de menos — tiene consecuencias: si cobra de más, le corresponde entregárselo a la DIAN igual. Si no cobra cuando debía, el costo lo asume usted. Conocer exactamente qué tarifa aplica a cada producto o servicio es una obligación que su negocio no puede ignorar.
Las tres tarifas del IVA colombiano
| Tarifa | Aplica a |
|---|---|
| 19% (general) | Todo lo que no esté expresamente gravado a tarifa diferencial, excluido o exento |
| 5% (diferencial) | Seguros de vida, planes de salud prepagada, café sin tostar, cacao en grano, maíz para uso industrial, algunos servicios de alojamiento |
| 0% (exento) | Exportaciones, carne de res/cerdo/pollo/pescado sin transformar, leche, huevos, sal, azúcar, bienes exportados |
| Excluidos (no causa IVA) | Servicios médicos, educación, servicios públicos (acueducto, alcantarillado), arrendamiento de vivienda, transporte público |
Exento vs excluido: la diferencia que cambia el IVA descontable
Esta distinción es crítica para su contabilidad:
- Exento (tarifa 0%): Causa IVA pero a tarifa 0%. Puede descontar el IVA pagado en compras relacionadas. Si exporta, puede pedir devolución del IVA de insumos.
- Excluido: No causa IVA. NO puede descontar el IVA pagado en compras relacionadas con esa actividad — se convierte en mayor costo.
IVA descontable: los requisitos que la DIAN exige
Para poder descontar el IVA pagado en compras, su factura electrónica debe cumplir:
- Ser factura electrónica con CUFE válido.
- El bien o servicio debe estar relacionado con la actividad generadora de ingresos gravados.
- El IVA debe estar discriminado en la factura.
- El proveedor debe estar activo en el RUT como responsable de IVA.
Retención en la fuente de IVA (RteIVA)
Los grandes contribuyentes, entidades del Estado y autorretenedores retienen el 15% del valor del IVA facturado. Si le compra un gran contribuyente, en vez de pagarle el IVA completo, le retiene el 15% de ese IVA y lo entrega a la DIAN. Esto genera impacto en su flujo de caja.
Preguntas frecuentes
¿El IVA se declara bimestral o cuatrimestral?
Depende de sus ingresos del año anterior. Grandes contribuyentes y exportadores: bimestral (6 declaraciones/año). Responsables con ingresos menores a 92.000 UVT: cuatrimestral (3 declaraciones/año). Si sus ingresos son menores a 15.000 UVT: también cuatrimestral pero con declaración anual de IVA.
¿Qué pasa si no me inscribí como responsable de IVA pero debía hacerlo?
La DIAN puede inscribirlo de oficio, exigir las declaraciones de los períodos no presentados con sanción del 200% del impuesto y cobrar intereses de mora. El costo de regularizarse voluntariamente antes de ser detectado es siempre menor.
IVA calculado automáticamente en cada factura
Tarifa correcta según el producto, IVA discriminado y reporte bimestral listo para su contador.