Convertirse en proveedor del Estado dominicano implica cumplir no solo con los requisitos de la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP), sino también con la correcta emisión del e-CF B15 para que el pago sea procesado por la institución y registrado correctamente en la DGII.
¿Qué es el e-CF B15?
El Comprobante para el Gobierno (B15) es el tipo de e-CF diseñado para facturar bienes y servicios a entidades del sector público dominicano. Incluye:
- Ministerios, secretarías y sus dependencias.
- Instituciones autónomas del Estado.
- Municipios y ayuntamientos.
- Empresas públicas no financieras (CAASD, EGEHID, INAPA, etc.).
Diferencias clave del B15 frente a otros tipos
| Aspecto | B15 (Gobierno) | B01 (Crédito Fiscal) |
|---|---|---|
| Receptor | Institución gubernamental | Empresa privada con RNC |
| RNC requerido | RNC institucional del organismo | RNC de la empresa |
| ITBIS | Generalmente exento o retenido | El receptor recupera el crédito |
| Retención | Institución retiene 30% del ITBIS | No aplica retención automática |
| Pago | Tesoros, SIGEF, o sistema de la institución | Directo o bancario |
El tema de las retenciones en ventas al gobierno
Las instituciones del Estado están obligadas a retener el 30% del ITBIS en las facturas de sus proveedores. Esto significa que si su factura incluye RD$100 de ITBIS, el organismo le pagará RD$70 y entregará RD$30 directamente a la DGII en su nombre. Debe reflejar esta retención en su declaración mensual de ITBIS.
Requisitos para ser proveedor del Estado y emitir B15
- Estar al día con las declaraciones ante la DGII (certificado de cumplimiento fiscal).
- Estar registrado en el portal de la DGCP como proveedor habilitado.
- Tener el software emisor de e-CF homologado y operativo.
- Conocer el RNC oficial del organismo comprador (disponible en el portal DGCP).
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si la institución no me da su RNC?
Todas las instituciones del Estado tienen RNC público disponible en el portal de la DGII y la DGCP. No acepte emitir sin el RNC institucional.
¿El B15 aparece diferenciado en mi reporte 607?
Sí. El tipo de comprobante B15 aparece identificado en su 607, lo que facilita el control del ITBIS retenido versus el aplicado.
¿Puedo emitir B01 en lugar de B15 al gobierno?
Técnicamente el sistema podría permitirlo, pero no es el tipo correcto. El B15 es el diseñado para este tipo de transacción y garantiza el tratamiento correcto de las retenciones y el cruce de datos en la DGII.
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