La depreciación de activos fijos es una de las deducciones más valiosas disponibles para reducir la base imponible del ISR (Impuesto sobre la Renta) de manera legal en República Dominicana. El Reglamento del ISR establece tasas fijas de depreciación por tipo de activo bajo el método de línea recta (porcentaje fijo sobre el costo original cada año). Entender estas tasas y planificar las compras de activos al inicio del período fiscal — no al final — es una estrategia fiscal legítima que todo empresario dominicano debería conocer.
| Tipo de Activo | Tasa Anual de Depreciación | Vida útil fiscal |
|---|---|---|
| Edificios e instalaciones permanentes | 5% | 20 años |
| Mejoras a propiedades arrendadas | 10% | 10 años |
| Maquinaria y equipos de producción | 20% | 5 años |
| Muebles y enseres | 10% | 10 años |
| Vehículos de motor | 25% | 4 años |
| Computadores y equipos tecnológicos | 50% | 2 años |
| Software (activos intangibles) | 33.33% | 3 años |
Estrategia: comprar activos al inicio del período fiscal
En República Dominicana, la depreciación del año de adquisición se calcula desde el mes de la compra hasta el 31 de diciembre. Un vehículo comprado en enero permite depreciar el 25% completo del año; el mismo vehículo comprado en noviembre solo permite depreciar 2/12 del 25% (≈4.17%) en ese período. La planificación fiscal básica consiste en anticipar las compras de activos necesarios al primer trimestre del año para maximizar la deducción permitida en ese período fiscal.
Preguntas frecuentes
¿Puede una empresa dominicana accelerar la depreciación más allá de las tasas del Reglamento ISR?
No. El Reglamento establece tasas máximas de depreciación fiscal — no se puede reclamar mayor deducción que la establecida aunque el activo se deprecie contablemente más rápido. Sin embargo, las empresas pueden aplicar métodos de depreciación contable más agresivos internamente (impacto en estados financieros) y hacer una conciliación fiscal al momento de preparar la declaración del ISR, ajustando la deducción a los límites del Reglamento.
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